En desarrollo de la Ley 454 de 1998, que fijó el nuevo marco institucional al sector cooperativo en Colombia, se facultó al Gobierno Nacional a establecer los términos y modalidades de acceso a las cooperativas financieras, de ahorro y crédito, y multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito a un Fondo de Garantías.
De esta manera, se atendería la necesidad de los ahorradores y depositantes del sector financiero cooperativo de contar con una entidad técnica a través de la cual el Estado garantizara, no solo la estabilidad de las entidades cooperativas con actividad financiera, sino que asegurara la recuperación de los recursos de los pequeños ahorradores del sector.
En consecuencia, se expidió el Decreto Ley 2206 de octubre 29 de 1998 y se creó el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas – FOGACOOP, a cuyo cargo está la protección de la confianza de los depositantes y ahorradores de las entidades cooperativas inscritas.
El Fondo se constituye como una persona jurídica, de naturaleza única, sujeta a un régimen legal especial, organizada como una entidad financiera vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, sometida a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Financiera de Colombia.
En el marco del Decreto se establece que sólo tendrán acceso a los servicios del Fondo las cooperativas que tengan la calidad de inscritas y sus ahorradores.
Ver video institucional de FOGACOOP
Peticiones, Quejas, Reclamos ››
Pagos en línea ››
Sistema de info. Gerencial ››
convocatorias vigentes ››